La Disposición SSRAyP Nro.20/2026 instala un cambio metodológico relevante en el modo en que el Estado argentino estructura, desde el punto de vista probatorio, la detección temprana de presunta pesca ilegal dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA), ya no se apoya en apreciaciones abiertas, sino en umbrales operativos verificables de velocidad e identificación de movimientos (derrotero del buque infractor) que, combinados, habilitan una presunción objetiva de actividad de pesca por parte de buques extranjeros. Publicada ayer y con fecha de sanción 03FEB26, la norma se dicta en el ámbito del Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca con

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