Ley de Navegación Marítima

La Ley se compone de 10 títulos, así como uno preliminar con las disposiciones generales, que tratan sobre lo siguiente:

- Título I, estructurado en seis capítulos en los que se formula una regulación básica y sistemática de la policía de la navegación.

- Título II, regulando el estatuto jurídico del buque.

- Título III, centrado en el régimen de los sujetos de la navegación.

- Título IV, sobre contratos de utilización del buque.

- Título V, que recoge los llamados contratos auxiliares de la navegación.

- Título VI, sobre los accidentes de la navegación.

- Título VII, en relación con la limitación de la responsabilidad

- Título VIII, sobre el contrato de seguro marítimo.

- Título IX, que establece sus especialidades procesales.

- Título X, sobre certificación pública de determinados expedientes de derecho marítimo.

 

Finaliza la norma con una serie de disposiciones finales que vienen a atender las necesidades de armonización con otras normas de la nueva Ley de Navegación Marítima, como ocurre con cuestiones de consumo, contratación electrónica, buques de guerra o la protección de los buques históricos como parte del patrimonio cultural de España.

Vigencia

La presente Ley entrará en vigor el 25 de septiembre de 2014.

 

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