Día Mundial de los Derechos Humanos: Panorama de los derechos humanos en la mar

 

Por el equipo editorial

 

El Día Mundial de los Derechos Humanos, que se celebra el 10 de diciembre, conmemora la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948. Es un día para honrar los principios de igualdad, libertad y dignidad para todos y reafirmar nuestro compromiso con la protección de los derechos humanos en todo el mundo.

AComo explica el Instituto de las Naciones Unidas de Investigación sobre el Desarme (UNIDIR) en su informe Securing the Seas , los derechos humanos son universales y se aplican por igual en el mar y en la tierra. Sin embargo, “existen pruebas significativas y crecientes de abusos generalizados, deliberados y a menudo sistemáticos de los derechos humanos en el mar”.

Entre estos abusos se encuentran cuestiones como el trabajo forzoso y la esclavitud en los buques pesqueros y otros buques, el abandono de los marinos en puertos alejados de sus hogares, la victimización de los marinos por parte de piratas y otros delincuentes marítimos, casos de abuso físico y sexual en los buques, el trato dispensado a los migrantes irregulares y la difícil situación de las personas objeto de trata en el mar. Así, el UNIDIR presenta lo siguiente en relación con los derechos humanos en el mar: 

Desafíos en la aplicación de las leyes de derechos humanos en el mar

La aplicación de las leyes y normas de derechos humanos se enfrenta a desafíos singulares en el ámbito marítimo, que exigen una respuesta adaptada a cada caso. Esto se debe a la condición jurídica especial de los océanos, donde grandes zonas del mar quedan fuera de la jurisdicción territorial de los Estados. En estas circunstancias, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS) asigna la responsabilidad de mantener y hacer cumplir las normas de derechos humanos en el mar a los Estados del pabellón, cuya capacidad y voluntad para hacerlo varían ampliamente. Además, la relativa opacidad y aislamiento de las actividades humanas en el mar dificulta la identificación de los abusos de los derechos humanos y a menudo depende de la presentación de informes voluntarios por parte de los capitanes o tripulantes de los buques.

Los usuarios del mar son diversos y multinacionales, y las normas de derechos humanos difieren enormemente entre actores y sectores. Quienes desean evitar el escrutinio de sus actividades pueden hacerlo de múltiples maneras, como cambiando la bandera o los datos de registro de sus buques. La titularidad efectiva puede ocultarse deliberadamente mediante empresas fantasma y otras estrategias. Los organismos encargados de hacer cumplir la ley marítima pueden carecer de la capacidad, la experiencia o la autoridad para vigilar e investigar los abusos de los derechos humanos, incluso cuando ocurren en sus propias aguas territoriales o ZEE. Además, las actividades de aplicación de la ley en el mar pueden dar lugar a abusos de los derechos humanos, como cuando se utilizan tácticas de "rechazo" contra embarcaciones de migrantes irregulares.

Responsabilidades de los Estados y de la comunidad internacional

La aplicación de las normas de derechos humanos en el mar recae generalmente en los Estados, ya sean Estados del pabellón, Estados ribereños o Estados rectores de puertos. Sin embargo, la protección de los derechos humanos de todas las personas, ya sea en el mar o en tierra, es una responsabilidad colectiva de la comunidad internacional. Las Naciones Unidas tienen un papel fundamental que desempeñar a este respecto, lo que implica tres regímenes jurídicos internacionales distintos.

El derecho del mar

El primero es el derecho del mar, en particular la Convención sobre el Derecho del Mar, junto con los acuerdos auspiciados por la OMI, como el Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar , que especifica normas mínimas de seguridad para los buques en el mar, y el Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012, que regula los buques pesqueros.

Régimen de derecho internacional del trabajo

El segundo es el régimen internacional de derecho laboral. El organismo clave de las Naciones Unidas en este ámbito es la Organización Internacional del Trabajo. Entre los acuerdos pertinentes figuran el Convenio sobre el trabajo marítimo de 2006 , que detalla los derechos de los marinos y las obligaciones de los Estados rectores del puerto, y el Convenio sobre el trabajo en la pesca de 2007, que regula las condiciones de trabajo en los buques pesqueros. Si bien ambos convenios tienen implicancias implícitas en materia de derechos humanos, ninguno está diseñado para funcionar como un instrumento integral de derechos humanos.

El régimen de derechos humanos de las Naciones Unidas

Por último, está el régimen de derechos humanos de las Naciones Unidas, que incluye la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones conexas, el Consejo de Derechos Humanos y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Hasta la fecha, estos órganos se han centrado principalmente en los derechos humanos en tierra, prestando mucha menos atención a las demandas y vulnerabilidades específicas del ámbito marítimo.

Necesidad de una respuesta coordinada

Es necesario que las Naciones Unidas den una respuesta conjunta al desafío de proteger los derechos humanos en el mar, que pueda trasladarse a los tres regímenes jurídicos mencionados e incorporar a otros organismos pertinentes, como la OIM. Entre las medidas concretas que podrían adoptarse se incluye la consideración de las responsabilidades del Estado del pabellón en el examen periódico universal del Consejo de Derechos Humanos. Además, no se debe descartar un futuro tratado integral sobre los derechos humanos en el mar, concluye el UNIDIR.