La OMI completa nuevas normativas sobre inspecciones remotas y del Estado Rector del Puerto

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01 de Agosto de 2025

 
Inspecciones remotas tendrán uso restringido y no podrán aplicarse de forma consecutiva para los mismos ítems

Del 21 al 25 de julio de 2025 se llevó a cabo la 11.ª sesión del Subcomité de Implementación de Instrumentos de la Organización Marítima Internacional (OMI), conocido como III 11. Durante el encuentro se concluyeron las directrices sobre inspecciones remotas, auditorías del Código ISM y verificaciones del Código ISPS, además de abordar temas vinculados a la seguridad marítima, revisiones normativas y prácticas del Estado de Control del Puerto (PSC).

DNV informó que el subcomité finalizó las normativas para inspecciones remotas, permitiendo su uso parcial y condicionado a una evaluación de riesgos y aprobación por parte del Estado de Abanderamiento. No se permitirá aplicar métodos remotos de manera consecutiva por dos años para los mismos ítems, y estarán excluidos los certificados de seguridad SOLAS y de líneas de carga para buques de pasaje.

Las auditorías del Código ISM a bordo no podrán ser reemplazadas completamente por métodos remotos. Las auditorías iniciales, de renovación e interinas deberán realizarse presencialmente, mientras que algunas auditorías anuales podrán evaluarse para formato remoto, siempre con aprobación previa del plan por parte del Estado de Abanderamiento

Las verificaciones del Código ISPS solo podrán efectuarse de forma remota en circunstancias excepcionales y sólo para elementos seleccionados.

Lecciones de investigaciones de accidentes

Se aprobaron 36 lecciones aprendidas derivadas del análisis de 39 informes de siniestros marítimos. Entre los principales factores detectados se encuentran deficiencias en gestión, evaluación de riesgos, cultura de seguridad y formación. Estos hallazgos se remitirán al proceso de revisión del Código ISM.

También se identificaron temas específicos como el “parametric rolling”, riesgos en buques autodescargadores, chalecos salvavidas inflables y accidentes en espacios confinados o durante maniobras de rescate. Algunos serán derivados a subcomités pertinentes o tratados por grupos de correspondencia.

Revisión de procedimientos del Estado Rector del Puerto 

Se concluyeron enmiendas a los procedimientos del PSC que se adoptarán en la Asamblea 34 de diciembre de 2025, con entrada en vigor el 1 de enero de 2026. Se incluyó un nuevo apéndice sobre aspectos de seguridad, aclarando roles entre inspectores del PSC y oficiales autorizados.

También se abordaron diferencias en la interpretación de normativas entre el Estados de Abanderamiento y Estados Rector del Puerto, en particular sobre inspecciones de vías de escape en salas de máquinas. Se reafirmó la necesidad de aplicar los procedimientos acordados y respetar las competencias de cada parte.

Actualizaciones al sistema armonizado de encuestas y certificación (HSSC)

Se completaron las actualizaciones a las directrices de encuestas bajo el sistema armonizado (HSSC), las cuales incluirán disposiciones del Código de Personal Industrial (IP). Además, se eliminaron referencias al certificado del sistema antifouling (AFS), ya que dicha convención no contempla un sistema armonizado de certificación.

El grupo de correspondencia sobre estas guías fue reactivado y abordará también prácticas irregulares de registro fraudulento de buques, así como posibles revisiones a circulares sobre transferencia de naves entre Estados.

Al ser un subcomité técnico, todas las decisiones adoptadas en III 11 deberán ser consideradas y aprobadas por los comités superiores de la OMI antes de su aplicación formal.

Por MundoMaritimo