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ANNICK GIRARDIN PRESENTA DOS ORDENANZAS PARA REDUCIR LOS VERTIDOS CONTAMINANTES DE LOS BUQUES Y MEJORAR EL TRATAMIENTO DE LOS RESTOS DE NAUFRAGIO

Publicado 11/03/2021

 
Annick Girardin, ministra del Mar, presentó ayer al Consejo de Ministros dos ordenanzas, una relativa a las descargas contaminantes de los barcos y la otra a la remoción de restos de naufragios. Gracias a estos dos textos, el Ministro quiso recordar el compromiso del Gobierno con la protección del medio marino.

El primer texto introduce nuevas sanciones que permiten sancionar a los capitanes que no respeten las reglas del Compendio Internacional de Navegación Polar, adoptado por la Organización Marítima Internacional (OMI), en materia de vertidos contaminantes (hidrocarburos, sustancias líquidas nocivas, aguas residuales). y basura) en aguas polares. De esta manera, ayuda a fortalecer la protección de estas áreas particularmente vulnerables.

La ordenanza también prevé un sistema de sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones de controlar y notificar las emisiones de dióxido de carbono de los buques. Así, las empresas que no controlen ni notifiquen las emisiones de CO2 de sus embarcaciones durante los plazos definidos por el reglamento podrán ser sancionadas con una multa de 15.000 euros. Se inserta un nuevo motivo de expulsión en el código de transporte para que los buques extranjeros que no cumplan con sus obligaciones de seguimiento y notificación durante al menos dos períodos consecutivos puedan estar sujetos a tal medida.

El segundo texto tiene como objetivo introducir la obligación de seguro prevista por el Convenio de Nairobi sobre Remoción de Siniestros, adoptado el 18 de mayo de 2007, y permitir sancionar su incumplimiento. La ordenanza también adapta el alcance del régimen nacional de naufragios. Esta ordenanza completa las herramientas legales a disposición del Estado y le permite estar mejor equipado para poner fin a los peligros que representa una carga que ha caído al mar, un buque en dificultad, incluso cuando se encuentra reducido a un estado de deterioro. naufragio, e incluso más allá del mar territorial.

También complementa la responsabilidad del propietario de un buque, en el caso de que este último se encuentre en dificultad o reducido al estado de naufragio. A él le corresponderá poner fin al peligro para la navegación o el medio ambiente que representan este buque y su carga. Por tanto, el propietario debe asegurarse contra los riesgos asociados a esta responsabilidad.

Finalmente, le da competencia al Estado ribereño en la zona económica exclusiva para enviar al propietario avisos formales para poner fin al peligro, e intervenir de oficio a su costa y riesgo, de ser necesario. Las autoridades pueden ejercer un recurso directo contra el asegurador para que se les reembolsen los costos en los que hayan incurrido.

 

La misión del Ministerio del Mar es también fortalecer la política ambiental de nuestro país. Estos textos complementan de manera útil nuestro arsenal legal sobre un tema fundamental: la protección del medio marino. Está en el centro de mi acción y la implementación de nuevas herramientas destinadas a sancionar los ataques al medio marino es fundamental.

Annick Girardin

Enlaces útiles :

Ordenanza No. 2021-266 del 10 de marzo de 2021 que implementa la convención concluida en Nairobi sobre la remoción de restos de naufragio: https://www.legifrance.gouv.fr/jorf/id/JORFTEXT000043235550

Ordenanza N ° 2021-267 de 10 de marzo de 2021 relativa a las sanciones por infracción de las prohibiciones de descargas contaminantes de los buques: https://www.legifrance.gouv.fr/jorf/id/JORFTEXT000043235571