Desde este mes de julio entra en vigor las nuevas normas para la náutica de recreo

 

 

 

 

 

 

 

cadena COPE

El objeto de estas normas es la regulación de los títulos náuticos que habilitan para el gobierno de las embarcaciones de recreo y las motos náuticas

Las nuevas normas determinan,el equipo de seguridad, la navegación y la protección contraincendios, en la esfera de salvamento y nuesvas restriciones a la motos náuticas

 
Puerto deportivo

Redacción Cope Ferrol

Tiempo de lectura: 2' 01 jul 2021 - 11:56 Actualizado 12:39

 

Entre junio y septiembre de 2020, un año atípico por la pandemia, se atendió a casi 5.000 personas en más de 1.500 emergencias relacionadas con embarcaciones.Por ello el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha presentado las novedades normativas que afectan a las embarcaciones de recreo y se concentran en el Real Decreto publicado recientemente en el BOE. La norma, que entra en vigor el día 1 de julio y determina, entre otros, el equipo de seguridad, la navegación y la protección contraincendios, en la esfera de salvamento. Además, establece medidas de prevención de la contaminación del medio marino y marca los requisitos que deben reunir estos equipos que, en esencia, proceden de la normativa europea.

Mediante un video promocional sobre seguridad náutica que contiene recomendaciones básicas para actuar antes y durante la travesía en el mar. Se pondrá a disposición la app gratuita Safe TRX, una herramienta de gran utilidad para los navegantes, que puede descargarse para IOS y Android en este enlace: http://www.salvamentomaritimo.es/safe-trx.

 

También se publicó una guía de consejos prácticos, que será distribuida también en formato papel.

Nuevo régimen normativo

Con este nuevo régimen normativo, la Dirección General de Marina Mercante de Mitma establece las obligaciones de los patrones y propietarios de embarcaciones de recreo, ordenando la responsabilidad de mantener la embarcación en buen estado, sin suponer un peligro para las personas a bordo y sin superar el número de pasajeros autorizado.

Asimismo, se indican los equipos de salvamento que se deben llevar a bordo y los requisitos que éstos deben cumplir, así como los equipos de navegación, de seguridad contraincendios y medios de achique y de prevención de la contaminación, necesarios en este tipo de embarcaciones.

Además, destaca que su ámbito de aplicación se extiende a las embarcaciones de recreo extranjeras que naveguen por aguas bajo soberanía española, siempre y cuando sus propietarios y sus embarcaciones tengan una vinculación auténtica con España, así como la revisión del régimen sancionador, con el objeto de racionalizarlo y facilitar al máximo su aplicación.

Finalmente, dentro del Real Decreto se incluyen modificaciones de otras normas también relacionadas con la náutica de recreo (el Real Decreto 259/2002 y el Real Decreto 875/2014), dada la necesidad de ajustar determinados aspectos para facilitar la actividad de recreo o deportiva.